La clase gobernante mexicana ha
dejado intactos los mecanismos de responsabilidad política que prevalecen desde
hace décadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo
cual ha dado pauta a que servidores públicos que han cometido daños al
patrimonio y a la hacienda pública siguen detentando cargos de representación popular. Por ejemplo, en la
legislación electoral mexicana no se exige como requisito de elegibilidad
presentar algún documento en donde se acredite el no haber sido sancionado por
algún órgano interno de control en el que se haya impuesto una responsabilidad
administrativa de carácter resarcitorio.
Las expectativas de la denominada
transición a la democracia no han desembocado ni derivado en un nuevo sistema
de responsabilidades administrativas de los servidores públicos que promueva la
efectiva y eficaz rendición de cuentas de quienes se encuentran al frente de
las instituciones públicas del país. La rendición de cuentas no se ha
convertido en un principio jurídico formal en la legislación federal y local,
razón por la cual urge en México un nuevo sistema integral de responsabilidades de los servidores
públicos que emane desde la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Dicho resquicio jurídico, aunque no
lo parezca, es un incentivo que las clases gobernantes han aprovechado para
escabullirse de la responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados a la
hacienda y al patrimonio público. La clase política mexicana -poco proclive a
los cambios de fondo en materia de rendición de cuentas-, no es responsable
políticamente en la mayoría de casos por los quebrantos a las arcas públicas,
ya sea en el orden federal, estatal y municipal de gobierno.